Preguntas Frecuentes (Comunicaciones Previas)

  1. ¿Qué es una comunicación previa de actividad?
  2. ¿Qué información debo tener en cuenta para la presentación de una comunicación previa?
  3. ¿Cómo saber si una actividad es inocua o clasificada?
  4. Al presentar una Comunicación Previa de Apertura, ¿en qué casos se exige la solicitud de Consulta Previa?
  5. ¿Cómo puedo consultar mis dudas?

1.- ¿Qué es una comunicación previa de actividad?

Consiste en poner en conocimiento de la Administración la instalación, apertura y puesta en marcha de establecimiento comercial, profesional o industrial, mediante manifestación de que se encuentra debidamente instalada y apta según normativa vigente.

El traslado o cambio de ubicación, la modificación o ampliación de la actividad y la modificación sustancial de estas actividades estará sujeta al mismo régimen de comunicación. En este caso habrá que solicitar consulta previa a la Gerencia.

2.- ¿Qué información debo tener en cuenta para la presentación de una comunicación previa?

  • En el caso de edificios preexistentes, aportar la Licencia de Ocupación/Declaración Responsable del Edificio o Certificado de Seguridad Estructural del Inmueble.
  • Epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas.
  • En el caso de talleres o comercios mayoristas deben cumplir con uso industrial según el Plan General de Ordenación Urbana. Pedir cita para comprobar si el local tiene uso industrial.
  • En el caso de actividades comerciales, los metros cuadrados totales del local:
    • hasta 100 m2: se considera actividad inocua.
    • más de 100 m2: se considera actividad clasificada.

3.- ¿Cómo saber si una actividad es inocua o clasificada?

Se consideran actividades clasificadas las definidas en el Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquéllas a las que resulta de aplicación el régimen autorización administrativa previa.

La relación de actividades clasificadas figura en el anexo del citado Decreto.

Tienen la consideración de actividades inocuas aquellas que no estén incluidas en el mencionado Nomenclátor.

4.- Al presentar una Comunicación Previa de Apertura, ¿en qué casos se exige la solicitud de Consulta Previa?

En aquellas actividades clasificadas no incluidas en la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios y Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

5.- ¿Cómo puedo consultar mis dudas?

Puede obtenerse información solicitando cita previa a través del teléfono 922013101, del Servicio de Cita Previa pulsando Pedir cita, o personalmente en la Planta E de la sede de la Gerencia de Urbanismo, en Avda. Tres de Mayo, 40.

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