(M115) COMUNICACION INICIO EJECUCION PROY BASICO

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

A través del presente documento se comunica con diez días de antelación el comienzo de las obras objeto de licencia con proyecto básico concedida, acompañando a tal efecto el correspondiente proyecto de ejecución.

Descripción

Asimismo, la persona titular de las obras y el personal técnico del proyecto, declaran bajo su responsabilidad:

Que el Proyecto de Ejecución que se presenta contiene la subsanación de los condicionantes indicados en la licencia del proyecto básico, en su caso, y es desarrollo fidedigno y existe total concordancia con el proyecto básico conforme al cual se concedió la licencia, sin que existan modificaciones sustanciales.

  • El proyecto de ejecución que se presenta contempla el cumplimiento de la normativa urbanística, ordenanzas de la edificación y resto de normativa sectorial que le es de aplicación, y se ha redactado de acuerdo con el contenido definido en el artículo 2 y anejo I del Código Técnico de la Edificación (RD 314/2006 de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación y sus posteriores modificaciones). El proyecto de ejecución está sujeto al visado obligatorio tal y como indica el art. 2 del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre Visado Colegial Obligatorio.
  • Es conocedor y expresamente autoriza a que los servicios técnicos municipales puedan personarse en el terreno afectado a fin de señalar las alineaciones y rasantes, y de no hacerlo en el plazo de 10 días, podrá levantarse el acta de replanteo, firmada por el promotor, los técnicos directores y, en su caso, la empresa constructora, e iniciarse las obras.

La comunicación de ejecución de obra con licencia de proyecto básico otorgada se formalizará, preferentemente, a través del modelo normalizado que se encuentra disponible en las oficinas de atención ciudadana y en la página web de la Gerencia Municipal de Urbanismo, la cual contendrá la documentación exigida, según el caso.

Criterios interpretativos de la ordenanza

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas interesadas.

Lugar de solicitud

Sede electrónica: https://sede.urbanismosantacruz.es/

 

Oficinas de atención e información ciudadana

Gerencia Municipal de Urbanismo
Avenida Tres de Mayo, 40
38005 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas 

Horario de verano (junio-septiembre):  de lunes a viernes de 8:15 a 13:00 horas

Solicitudes
Documentación a presentar
  • Proyecto técnico en formato electrónico, según las determinaciones establecidas en este Organismo, y en cualquier caso con el contenido establecido en el Anexo I del RD 314/2006 (entre otros, memoria justificativa del cumplimiento de la normativa y ordenanzas, pliego de condiciones, presupuesto y mediciones y planos de instalaciones y estructuras).
  • En su caso, Proyectos Parciales de instalaciones redactados por técnicos competentes y debidamente visados.
  • Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, con el contenido que se especifica en el punto a) del artículo 4 del RD RD 105/2008, de 1 de febrero.
  • Estudio de Seguridad y Salud (básico o completo)
  • Hoja de encargo de la Dirección Facultativa de la obra.
  • Cuestionario de Estadística de Edificación y Vivienda.
  • Proyecto de infraestructuras comunes para el acceso a las telecomunicaciones, en el caso que lo requiera según el artículo 2 RD Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
Plazo de solicitud

Diez días antes del inicio de las obras objeto de licencia y la entrega de cartel identificado

Tasa

Se generaran por el Servicio de Tributos de la Gerencia, una vez sea analizado el proyecto aportado en el marco del expediente de COMUNICACIÓN DE INICIO DE PROYECTO BASICO , y su concordancia o no respecto del proyecto autorizado en el marco del expediente de LICENCIA DE PROYECTO BASICO. Es decir el pago se difiere al momento de la resolución de CONFORMIDAD o DISCONFORMIDAD que recaiga.

Normativa Aplicable
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y Espacios Naturales de Canarias. 
  • Ordenanza Municipal reguladora de los regímenes de intervención en materia urbanística: licencias y comunicaciones previas (BOP núm. 23, miércoles 22 de febrero de 2017).
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.
  • Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o el aprovechamiento especial de los bienes de dominio público
Observaciones

Efectos de la comunicación

  • A LOS DIEZ DÍAS DE LA PRESENTACIÓN DE LA PRESENTE COMUNICACIÓN Y ACOMPAÑADA CON LA DOCUMENTACIÓN ÍNTEGRA QUE EN ESTA SE DETALLA, habilitará para el inicio de las obras objeto de licencia y la entrega del cartel identificador, si no se manifestaren modificaciones sobre el Proyecto Básico en la declaración de concordancia presentada.
  • En el caso de que el proyecto de ejecución modifique el proyecto básico autorizado, el interesado deberá solicitar previamente la oportuna licencia urbanística, con la documentación exigida y no podrá iniciar la obra en tanto no obtenga nueva licencia. Se considera que se altera significativamente el proyecto cuando se produzcan cambios de uso, cuando se vean afectadas las condiciones de volumen y forma de los edificios, la posición y ocupación del edificio en la parcela; la edificabilidad; alturas; retranqueos y separación a lindero; número de viviendas o unidades de aprovechamiento independiente; condiciones de seguridad y otras similares
  • La falsedad, inexactitud u omisión en cualquier dato, manifestación o documento de carácter esencial que se acompañe o incorpore a la presente comunicación o la no presentación ante esta GMU de éstas, implicará desde el momento en que se conozca, la imposibilidad de continuar con las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o administrativas a que hubiera lugar.

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática


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El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

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