DECLARACION INNECESARIEDAD DE LICENCIA DE SEGREGACION

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Procedimiento para la declaración de innecesariedad de la licencia de segregación

Descripción

Procedimiento para acreditar la declaración municipal de innecesariedad de la licencia de segregación de terrenos, que es exigida por los Notarios y Registradores de la Propiedad, para autorizar e inscribir, respectivamente, las escrituras de división de los terrenos, que los primeros deberán testimoniar en el documento, de acuerdo con la legislación estatal.

Destinatarios

Personas físicas o jurídicas interesadas.

El RD 203/2021 de 31 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos.

Lugar de solicitud

Sede electrónica: https://sede.urbanismosantacruz.es/

 

Oficinas de atención e información ciudadana

Gerencia Municipal de Urbanismo
Avenida Tres de Mayo, 40
38005 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas 

Horario de verano (junio-septiembre):  de lunes a viernes de 8:15 a 13:00 horas

Solicitudes
Documentación a presentar
  • D.N.I. / C.I.F. y escritura constitución sociedad. En caso de que la solicitud se presente a través de representante, documento acreditativo de la representación que ostenta.
  • Certificación Catastral de la parcela
  • Escritura Pública de la parcela segregada en la que señale la fecha en la que concurrió la segregación/parcelación.
  • Nota Simple de la finca matriz
  • Memoria descriptiva y justificativa de la solicitud de declaración de innecesariedad de la licencia de segregación
Tasa

Hasta 200 metros             152,70 euros

Mas de 200 metros           203,60 euros

Información

Gerencia Municipal de Urbanismo

Servicio de Planeamiento y Gestión

Servicio de Régimen General (Gestión Tributaria)

922 013 101

De lunes a viernes, de 8:30 a 13:30 horas.
junio, julio, agosto y septiembre, de lunes a viernes, de 8:15 a 13:00 horas.

Normativa Aplicable
  • Con carácter general resultan de aplicación los siguientes cuerpos normativos:
  • Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias
  • Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática


Procedimientos relacionados

El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

Obligación tributaria asociada al procedimiento

Si decide realizar la tramitación de este procedimiento por la vía telemática se le requerirá que previamente abone el importe total de las siguientes tasas y/o impuestos (pago telemático):

DECLARACION INNECESARIEDAD SEGREGACION:

Realizar una simulación de el importe a abonar. Realizar el abono del importe.

Iniciar un trámite

Presente su solicitud, ya mismo