En los supuestos que:
- Va a proceder a la instalación en la fachada del inmueble elementos que den a conocer la existencia de una actividad (identificadores) y/o la publicidad de la misma y/o elementos que proporcionen protección contra el sol o la lluvia (toldos).
- Va a proceder a proceder a la instalación de publicidad en medianeras de edificios o en andamios de obras o a la instalación de vallas o carteleras publicitarias en terrenos o solares independientes físicamente del establecimiento.
La Comunicación Previa para la Instalación de Identificador, publicidad y toldos se formalizará, preferentemente, a través del modelo normalizado que se encuentra disponible en las oficinas de atención ciudadana y en la página web de esta Gerencia Municipal de Urbanismo, que deberá ir acompañada de la documentación que se exija.
La comunicación previa no faculta para ejercer actuaciones en contra de la legislación urbanística y el planeamiento vigente, ni puede sustituir ningún otro régimen de intervención que sea aplicable.